Plazo abiertoConsejería de Turismo y Empleo

Procedimientos arbitrales laborales. 1ª quincena abril

Datos clave

Organismo
Consejería de Turismo y Empleo
Ámbito
Autonómica · España
Presupuesto total
6.955 €
Plazo de solicitud
Del 13 de abril de 2026 al 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Otras Actividades Asociativas
Finalidad
Otras Prestaciones económicas
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concesión directa - instrumental
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
904852
Registrada el
11 de mayo de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Del 13 de abril de 2026 al 31 de diciembre de 2026. Comprueba la fecha exacta en las bases, porque a veces el plazo empieza a contar desde la publicación del extracto en el boletín oficial.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 6.955 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

Que no se te pase el próximo plazo

Cada lunes: convocatorias abiertas para autónomos y pymes y plazos que cierran pronto. Sin relleno.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 904852, datos actualizados el 26 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.