CerradaInstitut Català de Les Empreses Culturals (icec)

Resolución de convocatoria para concesión subvenciones para obras mejora o adquisición de equipamiento para sector de las artes escénicas (teatro, circo y danza), salas de exhibición cinematográfica, galerías de arte, salas de concierto y librerías

Resolució convocatòria per a concessió de subvencions, per a obres de millora o adquisició dequipament per al sector de les arts escèniques (teatre, circ i dansa), sales dexhibició cinematogràfica, galeries dart, sales de concert i llibreries

Datos clave

Organismo
Institut Català de Les Empreses Culturals (icec)
Ámbito
Autonómica · Cataluña
Presupuesto total
3.250.000 €
Plazo de solicitud
Del 20 de abril de 2026 al 11 de mayo de 2026
Beneficiarios
Gran empresa; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Cinematográficas, de Vídeo y de Programas de Televisión, Actividades de Bibliotecas, Archivos, Museos y Otras Actividades Culturales, Actividades de Creación Artística y Artes Escénicas, Actividades de Servicios de Intermediación para el Comercio Al por Menor, Comercio Al por Menor de Artículos Culturales y Recreativos, Comercio Al por Menor de Otros Artículos de Uso Doméstico, Comercio Al por Menor de Otros Artículos, Excepto Vehículos de Motor y Motocicletas
Finalidad
Cultura
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
898637
Registrada el
14 de abril de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Bases específicas regirán concesión subvenciones obras de mejora o adquisición de equipamiento para el sector de las artes escénicas (teatro, circo y danza), salas de exhibición cinematográfica, galerías de arte y salas de conciertos. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (del 20 de abril de 2026 al 11 de mayo de 2026). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: gran empresa; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Cataluña. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 3.250.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 898637, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.