Plazo abiertoConsejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Orden de 9 de abril de 2026, de la CEETA. Línea 3. Ayudas a personas trabajadoras autónomas o pymes cuyo domicilio de actividad no se encuentre recogido en el Anexo I y que hayan sido beneficiarias de la ayuda regulada en RDL 5/2026. MINIMIS GENERAL

Datos clave

Organismo
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo
Ámbito
Autonómica · Andalucía
Presupuesto total
1.800.000 €
Plazo de solicitud
Del 10 de abril de 2026 al 5 de octubre de 2026
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Otros Servicios, Transporte y Almacenamiento
Finalidad
Fomento del Empleo
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concesión directa - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
897934
Registrada el
9 de abril de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Orden de 9 de abril de 2026, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para promover el mantenimiento de la actividad y el empleo del tejido productivo andaluz en las zonas de especial afectació. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Del 10 de abril de 2026 al 5 de octubre de 2026. Comprueba la fecha exacta en las bases, porque a veces el plazo empieza a contar desde la publicación del extracto en el boletín oficial.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Andalucía. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 1.800.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 897934, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.