CerradaSubsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación

Orden de 31 de marzo de 2026, del MAPA, por la que se convocan las subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, destinadas la subvención del principal de créditos a titulares de explotaciones agrarias (BORRASCAS).

Datos clave

Organismo
Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación
Ámbito
Estatal · Extremadura, Andalucía
Presupuesto total
65.000.000 €
Plazo de solicitud
Hasta el 30 de septiembre de 2027
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca
Finalidad
Agricultura, Pesca y Alimentación
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concesión directa - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
896221
Registrada el
30 de marzo de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Subvenciones del artículo 6 del Real Decreto-ley 4/2022, de 15 de marzo, de bonificación del principal de operaciones de financiación formalizadas por operadores del sector agroalimentario y pesquero.. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo (acceder a la sede) dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (hasta el 30 de septiembre de 2027). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Extremadura, Andalucía. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 65.000.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 896221, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.