Plazo abiertoCompañía Española de Reafianzamiento, S.m.e., S.a.

Reafianzamiento programa de avales para pymes año 2026 reg (ue) 2023/2831 de minimis, general

Datos clave

Organismo
Compañía Española de Reafianzamiento, S.m.e., S.a.
Ámbito
Estatal · Toda España
Presupuesto total
750.000.000 €
Plazo de solicitud
Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares, Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento, Actividades de Edición, Radiodifusión y Producción y Distribución de Contenidos, Actividades de los Hogares Como Empleadores y Como Productores de Bienes y Servicios No Diferenciados para Uso Propio, Actividades Financieras y de Seguros, Actividades Inmobiliarias, Actividades Profesionales, Científicas y Técnicas, Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales, Administración Pública y Defensa; Seguridad Social Obligatoria, Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca, Comercio Al por Mayor y Al por Menor, Construcción, Educación, Hostelería, Industria Manufacturera, Industrias Extractivas, Organismos Extraterritoriales, Otros Servicios, Suministro de Agua, Actividades de Saneamiento, Gestión de Residuos y Descontaminación, Suministro de Energia Electrica, Gas, Vapor y Aire Acondicionado, Telecomunicaciones, Programación Informática, Consultoría, Infraestructura Informática y Otros Servicios de Información, Transporte y Almacenamiento
Finalidad
Comercio, Turismo y Pymes
Tipo de ayuda
Garantía
Procedimiento
Concesión directa - instrumental
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
890291
Registrada el
27 de febrero de 2026

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo (acceder a la sede) dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026. Comprueba la fecha exacta en las bases, porque a veces el plazo empieza a contar desde la publicación del extracto en el boletín oficial.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Toda España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 750.000.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 890291, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.