CerradaDirección General de Políticas Contra la Despoblación

Orden por la que se convocan subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación, promovidos por empresas, entidades de la economía social, durante el ejercicio de 2025

Datos clave

Organismo
Dirección General de Políticas Contra la Despoblación
Ámbito
Estatal · Toda España
Presupuesto total
6.000.000 €
Plazo de solicitud
Hasta el 20 de enero de 2026
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Administrativas y Servicios Auxiliares, Actividades Artísticas, Deportivas y de Entretenimiento, Actividades Inmobiliarias, Actividades Sanitarias y de Servicios Sociales, Administración Pública y Defensa; Seguridad Social Obligatoria, Agricultura, Ganadería, Silvicultura y Pesca, Comercio Al por Mayor y Al por Menor, Construcción, Educación, Hostelería, Industria Manufacturera, Otros Servicios, Telecomunicaciones, Programación Informática, Consultoría, Infraestructura Informática y Otros Servicios de Información, Transporte y Almacenamiento
Finalidad
Otras actuaciones de carácter económico
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
871629
Registrada el
28 de noviembre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Orden TED/1358/2021, de 1 de diciembre, modificada por la Orden TED/1074/2025, de 24 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territor. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (hasta el 20 de enero de 2026). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Toda España. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 6.000.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

Otras ayudas recientes

Que no se te pase el próximo plazo

Cada lunes: convocatorias abiertas para autónomos y pymes y plazos que cierran pronto. Sin relleno.

Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 871629, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.