CerradaServicio Público de Empleo de Cataluña

Resolución EMT/ /2026, de de, por la que se modifica la Resolución EMT/4178/2025, de 10 de noviembre, por la que se aprueba la convocatoria derivada de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Formación Profesional

Resolució EMT/ / 2026, de de, per la qual es modifica la Resolució EMT/4178/2025, de 10 de novembre, per la qual s'aprova la convocatòria derivada de les bases reguladores per a la concessió de subvencions del Programa Formació Professional

Datos clave

Organismo
Servicio Público de Empleo de Cataluña
Ámbito
Autonómica · Cataluña
Presupuesto total
29.800.000 €
Plazo de solicitud
Inicio: Des de l’endemà de la publicació en el diari oficial de la convocatòria inicial. Duración o fin: 10 Dies Hàbils
Beneficiarios
Gran empresa; Personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades Relacionadas Con el Empleo
Finalidad
Fomento del Empleo
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
868065
Registrada el
11 de noviembre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: Orden EMT/136/2025, de 2 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa Formación Profesional Ocupacional Dual (SOC-FPODUAL). Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
El plazo de esta convocatoria ya ha terminado (inicio: des de l’endemà de la publicació en el diari oficial de la convocatòria inicial. duración o fin: 10 dies hàbils). Si es anual, suele volver a publicarse en fechas similares.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: gran empresa; personas jurídicas que no desarrollan actividad económica; pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Cataluña. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 29.800.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 868065, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.