Plazo abiertoSecretaría Autonómica de Cultura y Deporte

RESOLUCIÓN de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la difusión y promoción del libro y la lectura la producción editorial las actividades

RESOLUCIÓ de la Conselleria d'Educació, Cultura, Universitats i Ocupació, per la qual s'aproven les bases reguladores per a la concessió de subvencions dirigides a la difusió i promoció del llibre i la lectura la producció editorial les activitats cultu

Datos clave

Organismo
Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte
Ámbito
Autonómica · Comunitat Valenciana
Presupuesto total
50.000 €
Plazo de solicitud
Inicio: Día siguiente de la publicación en el DOGV. Duración o fin: Diez días naturales desde el siguiente de la publicación en el DOGV
Beneficiarios
Pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica
Sectores
Actividades de Bibliotecas, Archivos, Museos y Otras Actividades Culturales
Finalidad
Cultura
Tipo de ayuda
Subvención y entrega dineraria sin contraprestación
Procedimiento
Concurrencia competitiva - canónica
Fondos europeos (MRR)
No
Código BDNS
862216
Registrada el
14 de octubre de 2025

Cómo solicitarla

  1. Lee las bases reguladoras: RESOLUCIÓN de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la difusión y promoción del libro y la lectura la producción editorial las actividades. Ahí están los requisitos, los gastos subvencionables, la cuantía y los criterios de valoración.
  2. Comprueba que estás al corriente con Hacienda y la Seguridad Social: es requisito en casi todas las subvenciones.
  3. Prepara la solicitud y preséntala por la sede electrónica del organismo (acceder a la sede) dentro del plazo. Los autónomos y empresas están obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Preguntas frecuentes

¿Hasta cuándo se puede solicitar?
Inicio: Día siguiente de la publicación en el DOGV. Duración o fin: Diez días naturales desde el siguiente de la publicación en el DOGV. Comprueba la fecha exacta en las bases, porque a veces el plazo empieza a contar desde la publicación del extracto en el boletín oficial.
¿Quién puede pedir esta ayuda?
Según la BDNS, está dirigida a: pyme y personas físicas que desarrollan actividad económica, en Comunitat Valenciana. Los requisitos concretos (antigüedad, empleo, sector, etc.) están en las bases reguladoras.
¿Cuánto dinero reparte?
El presupuesto total de la convocatoria es de 50.000 €. La cuantía por beneficiario se fija en las bases; en concurrencia competitiva se reparte por orden de puntuación hasta agotar el crédito.

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Fuente: Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), convocatoria 862216, datos actualizados el 27 de septiembre de 2026. Información de carácter orientativo: la única versión válida es la publicada en el boletín oficial y en infosubvenciones.es.